4. FONDOS DE ASESORÍAS Y ABOGADOS LABORALISTASEl Decreto-Ley de 13 de septiembre de 1936 declara fuera de la ley todos los partidos políticos, agrupaciones políticas y sociales que habían integrado el Frente Popular. En los años de la guerra, los Tribunales Militares establecen jurisprudencia en la represión y todos aquellos que se opusieron a la rebelión militar de Franco eran reos del delito de rebelión militar. Con la Ley de Responsabilidades Políticas de 29 de febrero de 1939, se amplía el espectro de los delitos. Por la Ley de 2 de marzo de 1940 se crea un Tribunal para la represión de la masonería y el comunismo con el propósito de reprimir las organizaciones de oposición al régimen. En 1944 se incluyen en el Código Penal otros delitos: la huelga, asociación ilegal, propaganda ilegal y reunión ilegal. Los delitos políticos y sindicales que habían sido juzgados por Tribunales Militares o por jurisdicciones especiales pasaron a serlo por el Tribunal de Orden Público (TOP) desde diciembre de 1963, el cual se va a convertir en el principal instrumento represivo de la actividad sindical y política de la etapa final de la dictadura, manteniéndose en vigor hasta 1976. En el ámbito laboral, hasta la Ley de Procedimiento Laboral de 1958, los Servicios Jurídicos de la Organización Sindical monopolizaban la representación y asistencia letrada de los trabajadores en los procesos contenciosos-laborales. La desconfianza de los trabajadores por la connivencia de éstos Servicios con la patronal y su sometimiento a la línea política de mando, hizo que desde sus comienzos, Comisiones Obreras viera la necesidad de crear despachos laboralistas independientes del sindicato vertical o bien, de la utilización de aquellos despachos de abogados que ya estaban funcionando, y que dieran asesoramiento jurídico y asistencia letrada a los trabajadores ante la Magistratura de Trabajo. La documentación de estos fondos recoge fundamentalmente expedientes de defensa de militantes antifranquistas llevados por los abogados ante el Tribunal de Orden Público; o bien, expedientes de demandas ante la Magistratura de Trabajo. La documentación de los expedientes del TOP, es una fuente de información importante para el conocimiento de la oposición al régimen, pues contiene datos referidos a las detenciones e informes de las Brigadas de Investigación Social, de las Comandancia de la Guardia Civil, de las defensa de los abogados y las sentencias del TOP. En los expedientes de demandas ante la Magistratura de Trabajo, se incluyen datos sobre salarios, gratificaciones voluntarias, etc. que permitirán reconstruir salarios reales. También nos dan información sobre sanciones y reglamentos de empresa que ayudan a desvelar el marco de las relaciones laborales, además de los modelos y pautas de conflictividad registrados en diversos sectores, así como de pruebas documentales de la represión patronal en sus distintas variantes. 4. FONDOS DE ASESORÍAS Y ABOGADOS LABORALISTAS
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